2026: “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”

Nacimientos

Hechos Vitales – Certificado de Nacido Vivo (CNV)

Gerencia Regional de Salud Arequipa

Oficina de Estadística e Informática

Certificado de Nacido Vivo (CNV)

El “Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea” es un sistema web, producto de un esfuerzo conjunto entre el Ministerio de Salud y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC), que permite que en los establecimientos de salud donde se atiendan partos, el recién nacido sea registrado de manera oportuna disminuyéndose la vulnerabilidad en el proceso de registro del nacimiento en sala de partos o cesárea, por el profesional que realiza la atención (Médico u Obstetra) generándose así el Certificado del Nacido Vivo-CNV. Este nuevo sistema asegura menos errores en la emisión del Certificado:

  • Reduce la probabilidad de falsificación y/o duplicación de identidades.
  • Reduce el margen de error en comparación con el registro manual de datos.
  • Permite la identificación segura de la madre.
  • Facilita la validación del profesional de la salud (médico u obstetra) que atiende el parto o cesárea, mediante un código único vinculado directamente al Documento Nacional de Identidad (DNI).
Registro CNV

El Sistema Registro del Certificado del Recién Nacido Vivo – CNV, no solo identifica a la madre, también facilita la identificación del profesional de la salud (Médico y Obstetra) que realiza la atención del parto o cesárea al contar con un código único, ambos casos por encontrarse vinculados directamente con el Documento Nacional de Identidad (DNI).

  • Permite posteriormente la obtención del DNI del recién nacido en las oficinas registrales de RENIEC.
  • El DNI garantiza el acceso oportuno a los servicios de salud y a los programas sociales que ofrece el Estado.

Funcionalidad del Sistema

El CNV es generado por el profesional que atiende o constata el parto, garantizando la oportunidad del registro.

Registro CNV Sistema CNV

Requisitos del Sistema CNV

La Gerencia Regional de Salud (GERESA/DIRESA), a través de la Oficina de Estadística e Informática (OEI), es la unidad funcional responsable de la administración, control y validación de los accesos y registros del Sistema del Certificado del Nacido Vivo (CNV).

Para garantizar la calidad, oportunidad y coherencia del registro, se establece el siguiente protocolo para la atención de solicitudes, siendo las Oficinas de Estadística e Informática (OEI) de las Redes de Salud/Microredes el primer nivel de filtro, revisión y asistencia técnica a las IPRESS.

El profesional de salud que atiende partos en los Establecimientos de Salud (IPRESS) debe presentar la documentación requerida ante la OEI de su Red de Salud/Microred, la cual realizará la revisión, control de calidad y consolidación de los requisitos antes de su envío a la OEI/GERESA.

Nota: Los documentos deberán ser remitidos en formato digital (escaneados) al correo electrónico ymendiviln@saludarequipa.gob.pe.

Registro CNV

I. Alta de Usuarios

Solicitud Formal: Documento de solicitud de creación de usuario (Formato A_EESS a DIRESA.doc), debidamente sellado y firmado por el Jefe o Director de la IPRESS.
Descargar
Ficha de Registro Individual: Formato SHV-01-REG por cada usuario, completado, sellado y firmado tanto por el Jefe/Director de la IPRESS como por el profesional de salud solicitante.
Descargar
Archivo Digital: Archivo Excel (03_Modelo del Cuadro Solicitud Acceso_HechosVitales), completado con los datos de los usuarios.
Descargar
Identificación Profesional: Remitir Copia legible del Documento Nacional de Identidad (DNI/DNIe).
Habilitación Profesional: Remitir Copia legible de la Colegiatura o Habilitación Profesional vigente.

II. Baja de Usuarios

Esta gestión se aplica a usuarios que cesan funciones o cambian de IPRESS y deben presentar ante la Red de Salud:

  • Solicitud de Baja:
    Solicitud Formal: Documento de solicitud de baja de usuario (Formato A_EESS a DIRESA.doc), debidamente sellado y firmado por el Jefe o Director de la IPRESS.
    Descargar
    Ficha de Registro: Si son dos o más usuarios: Formato SHV-02-REG, sellado y firmado por el Jefe o Director de la IPRESS.
    Descargar
    Archivo Digital: El archivo Excel digital (04_Modelo del Cuadro Solicitud BAJA_HechosVitales), completado con la información correspondiente.
    Descargar
    Identificación del Usuario: Remitir Copia legible del DNI/DNIe/Carnet de Extranjería del usuario a dar de baja.

III. Desbloqueo de Usuarios (Recuperación de Acceso)

Esta solicitud aplica a usuarios cuyas cuentas han sido bloqueadas por intentos fallidos o inconsistencias de acceso:

  • Archivo Digital: El archivo Excel digital (05_Modelo del Cuadro Solicitud Desbloqueo_HechosVitales), completado únicamente con la información del usuario a desbloquear. No requiere formatos impresos ni firmas de la IPRESS, solo la validación de la OEI de la Red de Salud.

Tablero de Control

Acceder al Tablero CNV

Preguntas Frecuentes

1. En caso de madres peruanas sin documentos originales de identidad

a. Además, la madre deberá firmar una declaración jurada que se archivará como parte de la historia clínica de la madre (artículo 49 de la Ley N° 27444). Ver modelo: Declaración Jurada.

b. Cuando la madre solo porta fotocopia del acta de nacimiento, se registra en el CNV la opción “ACTA DE NACIMIENTO” y se registra el número de documento en fotocopia o el declarado por la madre. Si es papel, en “Documento de identidad” se marca “Otro”. El resto de datos se registra según lo declarado. Además, deberá firmar la declaración jurada mencionada.

c. Cuando la madre no cuenta con ningún documento, se registra “IGNORADO” y el número de documento se deja en blanco. En papel, en “Documento de identidad” no se marca ninguna opción y se coloca “IGNORADO”. El resto de datos se registra según lo declarado. Además, firmará la declaración jurada.

2. ¿Puedo cambiar la dirección del domicilio de la madre?

Sí, si la madre lo indica, este es el único campo habilitado por RENIEC. Debe mostrar un documento que respalde la nueva dirección y guardar una copia.

3. En caso de madres extranjeras sin documentos originales de identidad

a. Cuando la madre porta solo fotocopia, se registra el tipo correspondiente (“PASAPORTE”, “CARNET DE EXTRANJERÍA” o “DI DEL EXTRANJERO”) y el número del documento. Si es en papel, en “Documento de identidad” se marca “CE”, “Pasaporte” u “Otro”. El resto de datos según lo declarado. Además, firmará la declaración jurada: Declaración Jurada.

b. Cuando no cuenta con ningún documento, se registra “IGNORADO” y se deja el número de documento en blanco. En papel, se coloca “IGNORADO”. El resto de datos según lo declarado. Además, firmará la declaración jurada.

4. ¿Por qué cuando busco la ocupación de la madre no aparece?

La búsqueda debe realizarse en masculino. Una ocupación es aquello que genere ingresos económicos (no estudiante, universitario, etc.). El sistema es intuitivo y mostrará una lista de ocupaciones que contengan las iniciales ingresadas.

5. ¿Si la madre no recuerda la fecha de nacimiento de su penúltimo hijo, qué debo hacer?

Dejar el campo en blanco, por ser un dato referencial.

6. ¿Qué sucede si me equivoco escribiendo los datos del nacimiento?

Si los datos errados son: sexo, peso, talla, fecha, hora, Apgar o duración de embarazo en semanas, podrán ser modificados por el perfil Registrador, asumiendo la responsabilidad de lo corregido. Otros datos deben modificarse por el Supervisor Designado con sustento y registro firmado.

7. ¿Los datos del ubigeo, nombre y dirección del lugar de nacimiento puedo modificarlos?

No se deben modificar. Cada usuario tiene asignado un establecimiento de salud. Modificar podría generar certificados falsos con implicancias legales. En partos domiciliarios, solo se registran previo sustento y constatación bajo responsabilidad.

8. ¿Quién debe generar el CNV?

Todo profesional de la salud que atienda o constate un parto (Médicos, Obstetras), según RM N°148-012/MINSA.

9. ¿Qué hacer cuando se bloquea mi usuario?

Enviar un mensaje desde la cuenta de correo registrada para la creación del acceso a nacimientos@minsa.gob.pe con el asunto "Desbloqueo de cuenta". La Mesa de Ayuda Nacimientos brindará los datos necesarios.

10. ¿Se puede anular un Certificado?

Sólo el Supervisor Designado con RM o Memo puede anular un CNV, previo sustento, y se debe registrar en el cuaderno de registro de correcciones firmado por el solicitante.

11. ¿Cómo un personal nuevo puede tener acceso al CNV?

El Supervisor(a) y estadístico del establecimiento coordinan con DIRESA la creación de nuevos usuarios. Para bajas, los documentos se envían escaneados a la Mesa de Ayuda CNV. Se requieren cuatro archivos:

  • Solicitud dirigida al Director General de Estadística e Informática del MINSA.
  • Designación del acceso a Supervisor del Sistema CNV.
  • Cuadro con datos de Registrador, Supervisor y Consultor con firma y sello del jefe de establecimiento.
  • Archivo Excel con datos (XLS).
12. ¿Qué hacer cuando la madre solicita la copia del CNV?

No se entrega otro certificado. La madre puede solicitar una Constancia con los datos del parto y el número del CNV ubicado debajo del código de barras.

13. ¿Si se bloquea mi usuario, cómo solicito desbloqueo?

El usuario bloqueado enviará un mensaje desde su correo registrado a nacimientos@minsa.gob.pe. No se necesita documento firmado. El Supervisor apoyará al usuario registrador.

  • No enviar desde otra cuenta.
  • No se atiende a usuarios fuera del Sistema CNV.
  • El bloqueo ocurre por 3 razones: inactividad, error de tipeo o cada 90 días para actualización de clave.
Información del Supervisor

El Supervisor Designado (con RM o Memo) es responsable de:

  1. Apoyar en el manejo del Sistema.
  2. Llevar control de registradores activos y retirados.
  3. Coordinar con estadística y OEI de DIRESA la solicitud de nuevos usuarios.
  4. Verificar que no se compartan accesos y que se use el equipo asignado.
  5. Llevar control de bajas y enviar documentos a DIRESA para gestiones.
  6. Verificar que cada Médico u Obstetra tenga acceso y registre correctamente.
  7. Acostumbrar al profesional a revisar certificados antes de entregarlos a la madre.
  8. El Supervisor es el único con máximo acceso.
  9. Al final del día verificar registros y corregir errores oportunamente.

Nota: Los registradores solo pueden modificar ciertos campos (sexo, peso, talla, fecha, hora, Apgar, duración del embarazo). Plazo: 60 días zona urbana, 90 días rural, siempre que no se haya inscrito el menor en RENIEC. Una vez con Acta de Nacimiento, las modificaciones pasan a tema legal.

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